lunes, 26 de mayo de 2008

Palabras de Eduardo Galeano

En su último libro, el escritor uruguayo Eduardo Galeano escribe sobre el racismo

"¿Adán y Eva eran negros?
En África empezó el viaje humano en el mundo. Desde allí emprendieron nuestros abuelos la conquista del planeta. Los diversos caminos fundaron los diversos destinos, y el sol se ocupó del reparto de los colores.
Ahora las mujeres y los hombres, arcoiris de la tierra, tenemos más colores que el arcoiris del cielo; pero somos todos africanos emigrados. Hasta los blancos blanquísimos vienen del África.
Quizá nos negamos a recordar nuestro origen común porque el racismo produce amnesia, o porque nos resulta imposible creer que en aquellos tiempos remotos el mundo entero era nuestro reino, inmenso mapa sin fronteras, y nuestras piernas eran el único pasaporte exigido."

Os recomiendo vivamente la lectura de cualquier texto de este autor lúcido y comprometido.

La buena eduación

Ser una persona educada hasta en las peores situaciones, es un signo de clase y elegancia, algo que tendría que estar mejor valorado en nuestra sociedad, en la que cada vez más aparecen diferencias, intolerancia y malos modales.

Un ejemplo podemos verlo en cómo las azafatas resuelven situaciones muy comprometidas, similares a las de cualquiera que trabaje de cara al público.

En pleno vuelo durante una discusión un pasajero le dice a la azafata:

- “Señorita me está usted resultando una persona muy desagradable”.

Y ella le responde:

- "Sin embargo, usted a mí me parece una bellísima persona, aunque podemos estar los dos equivocados."

Si conoces situaciones similares de conflictos resueltos con elegancia y buena educación, no dudes en añadir un comentario a esta entrada, y lo añado posteriormente a la misma.

Campaña Mundial por la Educación

La educación es un derecho fundamental, y es imprescindible para romper el círculo de la pobreza. Pero en la actualidad hay más de 70 millones de niños y niñas sin escolarizar y 771 millones de personas adultas no tienen competencias básicas de lectura.

La Campaña Mundial por la Educación (Global Campaing for Education) es una coalición internacional formada por ONGs, sindicatos del entorno educativo, centros escolares y movimientos sociales de muy diverso signo. Todos nosotros coincidimos en reclamar el cumplimiento íntegro de los compromisos de la "Cumbre de Dakar" del año 2000, donde la comunidad internacional se comprometió a garantizar el acceso a una educación de calidad para todos y todas antes del año 2015.


La Campaña Mundial por la Educación nació para que este compromiso internacional valioso y necesario no pasara desapercibido. Por eso, su objetivo es movilizar a la ciudadanía para que exijan a sus gobiernos y a la comunidad internacional que cumplan sus promesas y se responsabilicen del destino de millones de personas a los que se excluye del derecho a la educación.


La campaña está impulsada por la convicción de que la educación básica es un derecho fundamental, es decir, inherente al ser humano. Pero además, es necesaria para que todas las personas puedan vivir con dignidad y participar en la sociedad. Una educación de calidad para todos es alcanzable. Hasta el momento, los esfuerzos para hacer realidad este compromiso han sido escasos y, sin la adopción inmediata de medidas, no se lograrán los objetivos.


Es preciso entender que la educación es:

  • Un derecho humano universal
  • La clave para la disminución de la pobreza y el logro del desarrollo humano sostenible
  • Una responsabilidad principalmente de los estados
  • Una meta alcanzable si los gobiernos movilizan la voluntad política y los recursos necesarios.

La CME, fundada en 1999, reúne a ONGs importantes y sindicatos de maestros en más de 150 países alrededor del mundo. La Coalición Española de la Campaña Mundial por la Educación está formada por Ayuda en Acción, Educación Sin Fronteras, Intermón Oxfam y Entreculturas, quien asume la coordinación de la misma.

Información recogida de la Web: http://www.cme-espana.org/

Primera Ley de Educación en Andalucía

Lo que se recoge en este artículo es un extracto, a modo de resumen, de la introducción que se hace en la propia Ley explicando su estructura.

La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, Ley de Educación de Andalucía (LEA), es la primera norma de ámbito autonómico que regula el sistema educativo en una comunidad autónoma, fue aprobada por el Parlamento andaluz el pasado 21 de noviembre de 2007 y entre sus principales propósitos se encuentra el de favorecer el éxito escolar del alumnado.

Esta Ley pretende ser una norma para todos y todas, con la que se sientan concernidos todos los ciudadanos y ciudadanas de Andalucía y que siente las bases para lograr una sociedad más y mejor formada y, en consecuencia, más democrática, más justa, más tolerante, solidaria y más respetuosa con el medio ambiente, dentro de los principios que nuestro Estatuto de Autonomía marca como valores fundamentales de la sociedad andaluza. La presente Ley, pues, pretende avanzar en aspectos fundamentales que harán posible una educación andaluza de mayor calidad.

La Ley se estructura en un título preliminar, ocho títulos, cinco disposiciones adicionales, nueve disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y cuatro disposiciones finales.

El Título Preliminar define el Sistema Educativo Público de Andalucía y establece los objetivos de la Ley y los principios que fundamentan el sistema educativo andaluz.

El Título I está íntegramente dedicado a la comunidad educativa. Está dividido en cuatro capítulos, cada uno de los cuales se ocupa de un sector de la comunidad educativa.

  • El Capítulo I está dedicado al alumnado.
  • El Capítulo II concede al profesorado el papel relevante que representa en el sistema educativo.
  • El Capítulo III se ocupa del personal de administración y servicios y de atención educativa complementaria.
  • Y el Capítulo IV, de las familias.

El Título II está dedicado a las enseñanzas que se imparten en el sistema educativo andaluz y se compone de nueve capítulos.

  • El primero de ellos se ocupa íntegramente de los aspectos esenciales del currículo en Andalucía, estableciendo las competencias básicas asociadas a las enseñanzas obligatorias.
  • Los restantes capítulos de este título desarrollan los aspectos propios de Andalucía relativos a la ordenación de cada una de las enseñanzas del sistema educativo. Así, el Capítulo II se dedica a la educación infantil; y el Capítulo III, a las enseñanzas obligatorias.
  • Los Capítulos IV y V, dedicados, respectivamente, al bachillerato y a las enseñanzas de formación profesional.
  • Las enseñanzas de régimen especial (enseñanzas artísticas) se regulan en los Capítulos VI, VII y VIII.
  • Finalmente, el Capítulo IX está dedicado a la educación permanente de personas adultas.

El Título III establece los principios que garantizarán la equidad en la educación andaluza. El título consta de tres capítulos.

  • En el primero de ellos se establecen las diferentes tipologías de alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.
  • El Capítulo II se ocupa de las residencias escolares y de las escuelas-hogar.
  • Y el Capítulo III establece los principios generales del sistema público de becas y ayudas al estudio.

El Título IV trata de los centros educativos, su organización y funcionamiento, así como sus órganos de gobierno y de coordinación docente. Se compone de tres capítulos:

  • El primero de los cuales regula la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión de los centros docentes.
  • El Capítulo II regula la función directiva y la figura del director o directora.
  • Y el Capítulo III, los órganos colegiados de los centros, tanto el Consejo Escolar como el Claustro de Profesorado.

El Título V aborda aspectos relacionados con la descentralización y modernización de la Administración educativa.

  • En el Capítulo I se establece el funcionamiento en red de los centros educativos como medio para compartir recursos, experiencias e iniciativas.
  • En el Capítulo II se aborda la descentralización educativa.
  • Finalmente, el Capítulo III regula determinados servicios administrativos que presta la Administración educativa a través de medios electrónicos.

El Título VI regula todos los aspectos relativos a la evaluación del sistema educativo, dividiéndose en tres capítulos.

  • El Capítulo I recoge los requisitos de confidencialidad, objetividad y publicidad de los resultados obtenidos que debe cumplir la evaluación educativa.
  • Por su parte, el Capítulo II otorga a la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa la condición de organismo responsable de la evaluación general del sistema educativo andaluz.
  • Finalmente, el Capítulo III crea la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa.

El Título VII trata de la cooperación entre administraciones y entidades en el ámbito educativo.

  • El Capítulo I se centra en la cooperación con la Administración local.
  • El Capítulo II recoge los campos más relevantes de cooperación de la Administración educativa con las universidades.
  • El Capítulo III contempla la posibilidad de concertación de políticas educativas y de programas de cooperación territorial.
  • Y el Capítulo IV regula la colaboración con entidades externas. Asimismo, dispone la creación de un censo de entidades colaboradoras de la enseñanza.

El Título VIII recoge la obligación del Gobierno de presentar anualmente al Parlamento de Andalucía un informe sobre el gasto público en educación.

Puedes encontrar más información en la página Web de la Consejería de Educación:

http://www.juntadeandalucia.es/educacion/nav/contenido.jsp?pag=/Contenidos/TemasFuerza/nuevosTF/290108_Ley_Educacion_Andalucia/LEA